Aquellas empresas que cuentan con al menos dos socios suelen atravesar un momento traumático cuando uno de los dos fallece de manera inesperada, dado que, además del dolor de la pérdida irreparable, debe hacerse frente a cuestiones económicas imprevistas que pueden poner en riesgo relaciones familiares, amistades e incluso la continuidad de la propia sociedad.
Frente a tales imprevistos, la industria del seguro creó las denominadas coberturas o seguros societarios, por medio de las cuales es posible, en caso de fallecer uno de los socios, indemnizar a sus herederos con un monto equivalente a su participación en el capital social de la empresa.
Por medio de estas coberturas es posible, en caso de fallecer uno de los socios, indemnizar a sus herederos con un monto equivalente a su participación en el capital social de la empresa.
“Es una herramienta muy apropiada para asegurar la continuidad de la empresa, de manera tal de no tener que descapitalizarla, especialmente en aquellas jurisdicciones en las cuales el impuesto a la herencia tiene una incidencia significativa”, explica Leandro Seco, director de Vida e Inversiones de Asset Broker de Seguros.
“El seguro societario actúa como un instrumento de solución fiscal frente al fallecimiento de alguno de los socios; de esta manera, no es necesario salir a malvender activos en momentos –como el actual– en que quizás no sean los más adecuados para liquidar parte del patrimonio de la sociedad”, añade.
El costo de la prima depende de varios factores, el más importante de los cuales es, obviamente, la edad de los socios, dado que la probabilidad de fallecimiento se incrementa de manera proporcional con esa variable.
“Por lo general, las empresas agropecuarias calzan el pago anual de la prima del seguro societario con los ingresos correspondientes al período de la cosecha gruesa, es decir, entre marzo y mayo”, explica Seco. El costo de la prima –tal como sucede con otras coberturas– se puede deducir del Impuesto a las Ganancias.
El cálculo de la indemnización se realiza en función del patrimonio y las utilidades contempladas en los últimos dos balances de la sociedad, de manera tal que, dependiendo del perfil de la empresa, se contemple una cobertura equivalente a las utilidades por generar para un período de 10 a 20 años.
“El seguro es un instrumento que debe ser el resultado de un acuerdo previo entre los socios y los integrantes de sus familias, quienes deberían firmar –todos– un acuerdo de sucesión empresaria en el cual quede establecido que el capital social del socio fallecido se transfiere al otro socio y que los herederos recibirán un monto correspondiente a la participación del fallecido en la sociedad. Existen varios modelos de contrato factibles en función de los diferentes perfiles de las empresas”, remarca Seco.
¿Qué sucede si, por ejemplo, ambos socios fallecen en un accidente? En tal situación, se activa el pago de las dos indemnizaciones y los herederos posteriormente deberán decidir el futuro de la empresa.
“En caso del fallecimiento inesperado de uno de los socios, la otra parte de la sociedad no necesariamente tiene que tener interés en compartir las decisiones empresarias con los herederos de su socio, quienes quizás tampoco pueden llegar a tener los conocimientos necesarios para encarar esa tarea”, explica Juan Palmer, director de Agroindustria de Asset Broker de Seguros.
“Entonces, el seguro societario, además de brindar una solución económica a los herederos del fallecido, permite asegurar la continuidad de la empresa y, si se trata de una sociedad integrada por familiares, evitar conflictos que pueden salir muy caros en términos emocionales”, agrega.
A pesar de que los conflictos sucesorios son muy frecuentes y en no pocas ocasiones terminan judicializados en el ámbito agropecuario argentino, se trata de un seguro de muy baja penetración.
“Ocurre que estas cuestiones implican mantener charlas incómodas, pero necesarias para evitar dejarle un problema a los herederos. Es importante entender que el día de mañana todos vamos a morir y que lamentablemente algunos se van a ir antes en lo que respecta a cuestiones probabilísticas; sin embargo, las empresas pueden sobrevivir a sus creadores y seguir creciendo y prosperando”, resalta Seco.
“Nuestra función es, con una mirada profesional, transformar un riesgo potencial en una solución orientada a evitar problemas familiares y eventualidades que puedan conspirar contra la sostenibilidad de la empresa”, concluye.
Asset Broker de Seguros, empresa integrante del Grupo Gaman, en el marco de un convenio firmado por CREA en 2018 viene desde entonces asesorando a empresas de la red de diferentes regiones productivas. En ese marco, la firma diseñó una cobertura integral para empresas agropecuarias que contempla protección contra incendios, lesiones y daños a terceros, maquinaria agrícola, silobolsa, equipos electrónicos y robos.