10 de agosto de 2026 en Buenos Aires

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Planificación impositiva ¿Qué se puede hacer para mitigar los saldos técnicos de IVA a favor?

Planificación impositiva: cómo mitigar los saldos técnicos de IVA a favor. Un aspecto clave explicado en el último Reporte de Actualidad Agro CREA.

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En la última Encuesta SEA CREA, realizada en el pasado mes de julio, un 29% de los empresarios consultados indicó que registraba saldos técnicos de IVA a favor, los cuales, en promedio, se ubicaban en 36.500 $/ha.

Si bien hay mecanismos para restituir los saldos de IVA técnico, los mismos son parciales, anuales, acotados y suman una carga más a la empresa. Sin embargo, existen alternativas para intentar mitigar el problema, las cuales fueron categorizadas en el último Reporte de Actualidad Agro CREA a partir de recomendaciones aportadas por el estudio Lisicki, Litvin & Abelovich.

Contrato de maquila: regido por Ley 25.113, el productor entrega materia prima al sector industrial (sujeta al 10,5%), para que la procese y así obtener un producto industrializado, que luego se venderá a una alícuota del 21%.

Contrato de fasón: el productor entrega su producción a un industrial elaborador, abona el servicio y obtiene un producto elaborado alcanzado por el 21%.

Contratos agropecuarios: un contrato de pastoreo no está alcanzado por el IVA, mientras que en un contrato de pastaje sí debe abonar IVA, ya que el titular del inmueble no cede el uso del campo (situación que sí se presenta en el pastoreo), sino que presta un servicio. Así, el contrato de pastaje puede eventualmente ser empleado por una empresa mixta para reducir saldos a favor técnicos de IVA generados por la actividad agrícola.

Convenio de multiplicación de semillas: el semillero entrega una bolsa de semillas original e insumos necesarios al productor en el marco de un acuerdo. El productor obtiene semillas que luego embolsa y comercializa al 21%.

Operación de canje: se trata de una permuta de bienes y/o servicios (por ejemplo: el proveedor de insumos entrega los productos y recibe granos al momento de la cosecha como contraprestación). El IVA de los insumos recién se factura cuando el productor entrega los granos, difiriendo su impacto.

Incorporación de otras actividades gravadas al 21%: pueden ser otras actividades relacionadas con la actividad agropecuaria, como el servicio de transporte o maquinaria, venta de fardos, etcétera.

El saldo de IVA técnico es la diferencia entre el IVA débito fiscal (que se origina en las ventas de granos, hacienda y leche cruda con una alícuota del 10,5%) y el IVA crédito fiscal (que se origina en las compras de agroinsumos al 21% o 24%).

El empresario agropecuario paga 24% de IVA cuando contrata un seguro agrícola (21% del impuesto y 3% de percepción) y 21% cuando adquiere fitosanitarios, semillas y silobolsas, además de cuando contrata servicios de acondicionamiento de granos, fletes, asesoramiento e intereses de deuda, entre otros. Solamente la compra de fertilizantes y las labores agrícolas están equiparadas con un IVA del 10,5%.

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